Junta Electoral de Andalucía
- 4.876 euros para la presidencia;
- 4.432 para la vicepresidencia;
- 3.987 para la secretaría, y
- 3.103 para las vocalías.
Juntas Provinciales
censo superior a 1.000 mesas electorales:
- 3.308 euros la presidencia;
- 3.102 la secretaría;
- 1.448 las vocalías judiciales y los delegados de la Oficina del Censo Electoral, y
- 828 euros las vocalías no judiciales.
censo inferior a 1.000 mesas,
- 3.102,
- 2.895,
- 1.324 y
- 745 euros, respectivamente.
Juntas Electorales de Zona
- 2.482 euros (presidencia),
- 2.276 (secretaría),
- 1.034 (vocalías judiciales) y
- 569 (vocalías no judiciales).
Los secretarios de ayuntamientos
- 911 euros (en el caso de municipios con más de 50 mesas),
- 828 (entre 11 y 50 mesas) y
- 745 (menos de 11).
Las personas que formen parte de las mesas electorales –presidencia y dos vocalías– percibirán cada una de ellas
- 65 euros en concepto de dieta.
También se abonarán íntegramente los gastos de transporte a aquellos miembros que tengan que desplazarse fuera del municipio de su residencia habitual para asistir a las reuniones reglamentariamente convocadas.
En caso de utilización de vehículo particular, se les compensará cada kilómetro recorrido a razón de 0,19 euros.