Junta Electoral de Andalucía
  • 4.876 euros para la presidencia;
  • 4.432 para la vicepresidencia;
  • 3.987 para la secretaría, y
  • 3.103 para las vocalías.


Juntas Provinciales

censo superior a 1.000 mesas electorales:
  • 3.308 euros la presidencia;
  • 3.102 la secretaría;
  • 1.448 las vocalías judiciales y los delegados de la Oficina del Censo Electoral, y
  • 828 euros las vocalías no judiciales.

censo inferior a 1.000 mesas,
  • 3.102,
  • 2.895,
  • 1.324 y
  • 745  euros, respectivamente.


Juntas Electorales de Zona
  • 2.482 euros (presidencia),
  • 2.276 (secretaría),
  • 1.034 (vocalías judiciales) y
  • 569 (vocalías no judiciales).

Los secretarios de ayuntamientos
  • 911 euros (en el caso de municipios con más de 50 mesas),
  • 828 (entre 11 y 50 mesas) y
  • 745 (menos de 11).

Las personas que formen parte de las mesas electorales –presidencia y dos vocalías– percibirán cada una de ellas
  • 65 euros en concepto de dieta.

También se abonarán íntegramente los gastos de transporte a aquellos miembros que tengan que desplazarse fuera del municipio de su residencia habitual para asistir a las reuniones reglamentariamente convocadas.

En caso de utilización de vehículo particular, se les compensará cada kilómetro recorrido a razón de 0,19 euros.