Consejería de Empleo, Empresa y Comercio - Se convocan con carácter complementario subvenciones para el colectivo de personas de 45 o más años de edad desempleadas de larga duración, con especial cobertura para personas mayores de 55

El acceso al mercado de trabajo tras periodos más o menos prolongados de inactividad resulta difícil en las circunstancias del mercado actuales, sobre todo para sectores de población con edad superior a 45 años. Esta dificultad aumenta más si cabe, para aquellas personas de 55 o más años de edad.

No puede olvidarse que este colectivo es uno de lo más vulnerables ante el mercado de trabajo; además, por sus condiciones sociales y de estructuras familiar, son las que cuentan con una mayor capacidad de contagio de esta situación de precariedad a otras personas a su cargo, no sólo cronificando la situación de desempleo sino incrementando sensiblemente el riesgo de caer en situaciones estructurales de pobreza y/o exclusión social, agravando las condiciones de vida de otras personas que puedan tener a su cargo, lo que hace más prioritaria y urgente su intervención.

En atención a las circunstancias anteriores, el Servicio Andaluz de Empleo considera conveniente reforzar su intervención en las Iniciativas de Cooperación Local a través de una convocatoria que complemente la efectuada mediante Resolución del 3 de septiembre de 2018, disponiendo una nueva dotación presupuestaria de 58 millones de euros, destinados íntegramente al colectivo de personas mayores de 45 desempleadas de larga duración, con la finalidad de garantizar especialmente la cobertura a personas mayores de 55 años.

El número de personas destinatarias de las líneas de ayudas de las iniciativas de desarrollo local, se sitúa en torno a las 6.000 personas.

Las subvenciones para la contratación realizada por los ayuntamientos de este colectivo consistirán en un incentivo derivado de la contratación utilizando la modalidad de contrato por obra y servicio determinado por un periodo mínimo de 6 meses y máximo de 12 a jornada completa, que se determinará atendiendo a la duración del contrato y al grupo de cotización a la Seguridad Social, de acuerdo con las cantidades reflejadas en el siguiente cuadro:


El órgano competente para la instrucción será la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo competente por razón del territorio, a través del Servicio con competencias en materia de fomento de empleo.

El órgano competente para resolver será la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo competente por razón del territorio, que actuará por delegación de la persona titular de la Presidencia del Servicio Andaluz de Empleo.

El plazo para la presentación de las solicitudes de será de 10 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de la presente convocatoria, que es el jueves 18 de octubre de 2018.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión a la entidad beneficiaria será de tres meses desde la fecha en la que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.



Fuente: BOJA